En
cumplimiento el compromiso asumido por Gobernador Regional de San Martín,
Víctor Manuel Noriega Reátegui, de priorizar con quince millones de soles de
los saldos presupuestales el pago de la deuda social a la administración
pública de activos y cesantes, por sentencias judiciales con calidad de cosa
juzgada y luego de un arduo trabajo de verificación del cumplimiento de los
criterios de priorización en amparo de la Ley 30137 y su reglamento
001-2014-JUS, que establecen tener en consideración la fecha de notificación,
edad y monto a pagar de los beneficiarios.
Según
lo indicó Vitilio Calonge García, Presidente de la Comisión de Priorización de
la deuda, el Gobierno Regional de San Martín hizo llegar al Banco de la Nación
el martes 15, el listado de los primeros 677 beneficiarios con un monto de 7.5
millones de soles aproximadamente, y el día de ayer, de 125 beneficiarios con
un monto de un millón 600 mil soles de soles aproximadamente, lo cual hace un
total hasta la fecha, de 802 beneficiarios con un monto total superior a los 9
millones de soles, distribuidos de la siguiente manera:
Categoría Número de beneficiarios Importe
A 210 S/. 1´135,000
B 65 1´910,000
C 522 6´027,000
D 4 46,185
E 1 11,546
Se
comprometió así mismo, a hacer llegar al Banco de la Nación el jueves 17 el
listado de 300 beneficiarios y el lunes 21 de los corrientes de 378
beneficiarios. Con esto el Gobierno Regional de San Martín culmina el proceso
de priorización para el pago de sentencias judiciales con calidad de cosa
juzgada el año 2015 y da cumplimiento, en éste sentido, al 100% del compromiso
asumido por el Gobernador Regional
La
deuda social que está siendo pagada, corresponde a los conceptos subsidio de
luto y sepelio, gratificación por 20 y 25 años, gratificación por 25 y 30 años
nivelación de pensiones, preparación de clase de acuerdo al orden de prioridad
incentivos laborales, nivelación de pensiones, bonificación decreto supremo
051-PCM, bonificación por guardias hospitalarias, bonificación especial,
canasta de víveres, racionamiento y movilidad.
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